Europa: Austria se suma al 'bail-in'
El negocio bancario actual procede de efectuar dos arbitrajes difícilmente sostenibles en un mercado libre: el arbitraje de plazos...
El negocio bancario actual procede de efectuar dos arbitrajes difícilmente sostenibles en un mercado libre: el arbitraje de plazos (captar financiación de ahorradores a corto plazo e invertirla en proyectos a largo plazo) y el arbitraje de riesgos (captar financiación de ahorradores con perfil de riesgo bajo e invertirla en proyectos de alto riesgo).
Si los bancos son capaces de ejecutar tan distorsionadores y descoordinadores arbitrajes de manera masificada es porque cuentan con dos privilegios otorgados por el Estado: uno, el acceso al banco central como prestamista de última instancia capaz de refinanciar los vencimientos de deuda a corto plazo; dos, las garantías estatales existentes sobre los pasivos bancarios, ya tengan éstos un carácter explícito (Fondo de Garantía de Depósitos) o implícito (expectativa de rescate absoluto entre los acreedores bancarios merced a la filosofía "too big to fail").
Mientras subsistan estos privilegios otorgados por el Estado a la banca, difícilmente podrá hablarse de un mercado financiero libre: esto es, de un mercado donde los bancos no sólo son libres de actuar, sino donde también deben responsabilizarse íntegramente de las consecuencias de esas acciones libres.
Por desgracia, nuestras sociedades están dando pocos pasos en esa dirección: el espíritu de los tiempos parece avanzar en la dirección de mantener la práctica totalidad de esos privilegios mientras se regulan algunas prácticas bancarias. Un doble error por cuanto no ataca la esencia del problema (los arbitrajes de plazo y de riesgo que acometen los bancos) y por cuanto deja un gigantesco espacio abierto a las corruptelas político-financieras (no olvidemos que los bancos son el principal sector ‘lobbista’ de Europa).
Existe, sin embargo, un campo en el que afortunadamente sí estamos avanzando aunque de manera muy lenta y poco decidida: penalizar con quitas a ciertos acreedores bancarios de entidades quebradas.
El bail-in
El mecanismo europeo para resolver entidades financieras contempla la figura del bail-in, es decir, imponer quitas y conversiones forzosas de deuda en acciones para recapitalizar una entidad insolvente. El bail-in es lo contrario del bail-out: en lugar de socializar los riesgos de la banca entre los contribuyentes, los concentra entre los acreedores de las entidades. En los últimos años se ha aplicado a los tenedores de deuda subordinada en Irlanda, Holanda y España (preferentistas), y a la totalidad de los acreedores en Chipre.
El último en sumarse a esta saludable iniciativa ha sido el gobierno austriaco, quien incluso ha revocado las garantías otorgadas en 2009 a los acreedores subordinados del banco nacionalizado Hypo Alpe Adria, lo que les obligará a soportar una quita a los casi 900 millones de euros en deuda subordinada pendiente de pago. Si bien es cierto que, a diferencia de los casos anteriores, las quitas adoptadas en Austria se ubican en la zona gris de la legitimidad, por cuanto el estado federado de Carinthia sí había garantizado explícitamente la deuda de la entidad (aunque también es discutible hasta qué punto los contribuyentes deben seguir asumiendo los agujeros derivados de un muy lesivo e injusto aval estatal).
Pero, al menos, la actitud del gobierno austriaco sí pone de manifiesto un progresivo y bienvenido cambio de tendencia que esperemos se consolide en toda Europa: no hay razón para que los Estados sigan alimentando y protegiendo al cartel bancario de su irresponsabilidad trasladándoles sus quebrantos al conjunto de los contribuyentes. En este sentido, no deja de ser curioso que, por ejemplo, uno de los mayores críticos de las quitas sobre los tenedores de deuda subordinada sean los propios competidores del Hypo Alpe Adria: conscientes de que si se retiran las garantías estatales sobre todos los bancos, su coste de financiación se encarecerá, los rivales del Hypo ya se han apresurado a pedirle al gobierno que rectifique y rescate a la totalidad de los inversores de su entidad competidora.
Y sí, ciertamente menores garantías estatales sobre la banca supondrán unos costes de financiación más elevados para los bancos: pero serán unos (mayores) costes de financiación que reflejarán con mayor fidelidad los riesgos reales que están asumiendo estas entidades. La situación actual equivale a que el Estado conceda un subsidio a los bancos para que se comporten de manera irresponsable: el coste de financiación se rebaja artificialmente para que, a su vez, los bancos puedan excederse a la hora de conceder crédito insosteniblemente abaratado.
Ojalá el bail-in vaya generalizándose y extendiéndose, no sólo sobre los acreedores subordinados, sino sobre todos los acreedores de las entidades financieras, incluyendo los depositantes. No hay razón para que los Estados fuercen a los contribuyentes a soportar la totalidad de los riesgos reales asumidos por los acreedores de la banca: si éstos desean inmovilizar parte de su patrimonio en forma de pasivos bancarios, deberían soportar los riesgos derivados de invertir en esos pasivos (lo que, en consecuencia, disciplinará a los bancos al impedirles adoptar un perfil inversor altamente arriesgado). Las pérdidas (y las ganancias) nunca deberían socializarse entre los contribuyentes: al contrario, deberían concentrarse entre los inversores. Bail-in y no bail-out.
Director del Instituto Juan de Mariana (España) y columnista en ElCato.org. Es Licenciado en Derecho y Licenciado en Economía (Universidad de Valencia).