Colombia: sobre la reforma política propuesta por la Administración Duque
No hemos de tener la menor duda: Colombia requiere, de manera urgente, una reforma política...
12 de Octubre de 2018
No hemos de tener la menor duda: Colombia requiere, de manera urgente, una reforma política que combata de cuajo a la corrupción electoral. Y así habrá de surtirse cualquier reforma que vaya a tramitarse en un Estado de Derecho como el nuestro. Sin embargo, tras ejercitarse una lectura a consciencia sobre el proyecto de acto legislativo No. 9 de 2018, por el cual se pretende adoptar la misma, se detecta una remarcable deficiencia que, guste o no, resulta adversa al sentido de un sistema democrático libre, participativo y pluralista como el colombiano.
Se ha dicho que la intención del Gobierno Nacional con el proyecto de referencia es, supuestamente eliminar el voto preferente, llevando a la reducción en los costos en todas las etapas del proceso, allí donde se promueva el partido o movimiento y no candidatos particulares. Asimismo, pretende el Presidente Duque establecer un control sobre las campañas, el cual se propone más eficiente y portador de numerosas facilidades para el votante. En principio, la proposición en tal sentido se exhibe positiva; no obstantees menester expresar disensos. Pasemos, pues, a ello.
Detéctase que, en el artículo segundo del acto legislativo, partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos tendrán permitido participar en procesos electorales, pero únicamente mediante listas únicas y cerradas, lo cual comporta un carácter retardatario porque, así, se limita -inexorablemente y sin justificación alguna- la posibilidad de competir legítimamente a través del sistema de lista abierta en un sistema democrático. Es bien sabido que, por intermedio de esta vía, el público toma nota sobre quiénes son los aspirantes que verdaderamente tienen los votos, provisto que gozan de gran liderazgo y popularidad entre la ciudadanía.
Los electores cultos en materia política generalmente prefieren otorgar su voto a una persona específica con la que se sientan plenamente representados e identificados y, seguramente, no admitirán el hecho de someterse a votar en bloque por una única lista en la que encuentran múltiples aspirantes que no son de su empatía.
Entonces, ¿cuál es la razón que justifica la eliminación de las listas abiertas, si estas son la verdadera representación de la democracia? ¿Por qué tener que condicionar la potestad que la Constitución de 1991 supo concederle al ciudadano, esto es, la discrecionalidad para poder elegir de manera autónoma a una persona determinada? ¿Por qué forzarlos a votar por un bloque, si en éste, como ya se ha explicitado, periódicamente se detectan individuos con los que el ciudadano no se siente representado? ¿Qué garantía tiene la ciudadanía frente a que no existirá corruptela electoral en el esquema de lista cerrada?
Adicionalmente, la lista cerrada no puede constituirse como una camisa de fuerza desde la cual combatir a la corrupción electoral, ya que para ello existen los procesos de selección de los candidatos en el seno de los partidos o movimientos, que se encargan, precisamente, de analizar el perfil y la procedencia de un postulante determinado cuando un partido o movimiento político le otorga el aval para aspirar a algún cargo electivo.
A posteriori, si lo que se persigue es combatir efectivamente la corruptela y los efectos perniciosos de la politiquería en los actos comiciales, antes bien, correspondería proceder a un sincero fortalecimiento de dichos procesos de selección y otorgamiento de aval, obstaculizándose la participación electoral de individuos de dudosa procedencia. De esta manera, se cumpliría holgadamente con el cometido de derrotar a la politiquería electoral, sin tener que condicionar la libre y legítima elección de un ciudadano.
Es nuestra opinión que la referida iniciativa es desacertada, toda vez que los ciudadanos colombianos son electores de candidatos particulares y no de bloques colectivos. Por lo tanto, dicho artículo debería reconsiderarse, habida cuenta de que se contrapone con el derecho constitucional e inalienable de la ciudadanía colombiana a elegir y ser elegida.
Se ha dicho que la intención del Gobierno Nacional con el proyecto de referencia es, supuestamente eliminar el voto preferente, llevando a la reducción en los costos en todas las etapas del proceso, allí donde se promueva el partido o movimiento y no candidatos particulares. Asimismo, pretende el Presidente Duque establecer un control sobre las campañas, el cual se propone más eficiente y portador de numerosas facilidades para el votante. En principio, la proposición en tal sentido se exhibe positiva; no obstantees menester expresar disensos. Pasemos, pues, a ello.
Detéctase que, en el artículo segundo del acto legislativo, partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos tendrán permitido participar en procesos electorales, pero únicamente mediante listas únicas y cerradas, lo cual comporta un carácter retardatario porque, así, se limita -inexorablemente y sin justificación alguna- la posibilidad de competir legítimamente a través del sistema de lista abierta en un sistema democrático. Es bien sabido que, por intermedio de esta vía, el público toma nota sobre quiénes son los aspirantes que verdaderamente tienen los votos, provisto que gozan de gran liderazgo y popularidad entre la ciudadanía.
Los electores cultos en materia política generalmente prefieren otorgar su voto a una persona específica con la que se sientan plenamente representados e identificados y, seguramente, no admitirán el hecho de someterse a votar en bloque por una única lista en la que encuentran múltiples aspirantes que no son de su empatía.
Entonces, ¿cuál es la razón que justifica la eliminación de las listas abiertas, si estas son la verdadera representación de la democracia? ¿Por qué tener que condicionar la potestad que la Constitución de 1991 supo concederle al ciudadano, esto es, la discrecionalidad para poder elegir de manera autónoma a una persona determinada? ¿Por qué forzarlos a votar por un bloque, si en éste, como ya se ha explicitado, periódicamente se detectan individuos con los que el ciudadano no se siente representado? ¿Qué garantía tiene la ciudadanía frente a que no existirá corruptela electoral en el esquema de lista cerrada?
Adicionalmente, la lista cerrada no puede constituirse como una camisa de fuerza desde la cual combatir a la corrupción electoral, ya que para ello existen los procesos de selección de los candidatos en el seno de los partidos o movimientos, que se encargan, precisamente, de analizar el perfil y la procedencia de un postulante determinado cuando un partido o movimiento político le otorga el aval para aspirar a algún cargo electivo.
A posteriori, si lo que se persigue es combatir efectivamente la corruptela y los efectos perniciosos de la politiquería en los actos comiciales, antes bien, correspondería proceder a un sincero fortalecimiento de dichos procesos de selección y otorgamiento de aval, obstaculizándose la participación electoral de individuos de dudosa procedencia. De esta manera, se cumpliría holgadamente con el cometido de derrotar a la politiquería electoral, sin tener que condicionar la libre y legítima elección de un ciudadano.
Es nuestra opinión que la referida iniciativa es desacertada, toda vez que los ciudadanos colombianos son electores de candidatos particulares y no de bloques colectivos. Por lo tanto, dicho artículo debería reconsiderarse, habida cuenta de que se contrapone con el derecho constitucional e inalienable de la ciudadanía colombiana a elegir y ser elegida.
Seguir en
@JuanDaEscobarC
Sobre Juan David Escobar Cubides
Escobar Cubides reside en Medellín (Colombia), y se desempeña como Editor político en el sitio web Al Poniente, colaborando también con análisis sobre la realidad política colombiana en otros medios de comunicación de la región.