Colombia: intelectuales a favor de la libertad de cátedra
La nota intitulada 'La enseñanza contra el progresismo en cartilla...
07 de Septiembre de 2020
La nota intitulada 'La enseñanza contra el progresismo en cartilla de la Oficina del Comisionado para la Paz', publicada el 25 de agosto de 2020 en el portal de noticias La Silla Vacía, ha desatado en Colombia una serie de voces indignadas de ciertos sectores de la opinión pública del país, quienes conciben que: “señalar al ateísmo como generador de violencia es atentar contra la libertad que tenemos todos de creer o no creer en lo que consideramos”, y lo estiman, por demás, inaceptable en el marco de un “Estado laico”.
En aras de la democracia, se hace necesario defender la legitimidad de la postulación de tales tesis en la arena académica y política, dada la publicidad que se le ha dado al asunto, extrañamente inusual para un debate filosófico, y en la que la nota dominante pareciera ser la descalificación mediática y política de la cartilla Paz, convivencia y cultura de la legalidad.
En Occidente, tanto el celo por la libertad de cátedra como el celo por la libertad de opinión han sido pilares incuestionables de la libertad política, indistintamente de si se trata de la palabra de un funcionario público o un ciudadano.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos, en su artículo 18, consagra la libertad de pensamiento, y la Constitución Política de Colombia, en su artículo 27, indica que el Estado garantiza las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra. Por consiguiente, el hecho de que un académico, de voz o por escrito, manifieste una convicción teórica, cualquiera ella sea, o que personas e instituciones determinadas expresen su inconformidad o su oposición a tales ideas, no debe censurarse, siempre y cuando se haga en el marco de un lenguaje respetuoso y un espíritu de apertura a la crítica mutua y la discusión racional. Esto es no solamente legítimo, sino, además, deseable y necesario en un Estado Social de Derecho.
En Occidente, tanto el celo por la libertad de cátedra como el celo por la libertad de opinión han sido pilares incuestionables de la libertad política, indistintamente de si se trata de la palabra de un funcionario público o un ciudadano, de una institución privada, pública, o mixta. Una célebre frase de Karl Popper puede ilustrarlo: “El aumento del conocimiento depende por completo de la existencia del desacuerdo”. Por esta razón, es legítimo el desacuerdo de algunos con las tesis planteadas en la Cartilla, pero esto es muy distinto a negar el también legítimo derecho a plantearlas en clases y escritos académicos. Negar este derecho se constituye en censura, y equivale, a prohibir expresar determinadas ideas o posiciones filosóficas. El pluralismo se construye con el debate, no con la censura.
Pedimos al Estado colombiano que se garanticen la libertad de pensamiento y de enseñanza, en vistas a la configuración de un espacio académico genuino en el que el debate y la discusión sean posibles.
Por lo anterior razón, no se encuentra en la Cartilla: “persecución contra ideologías y sistemas de pensamiento”, sino la libre expresión de ideas, sustentadas racionalmente y respaldadas por una larga trayectoria bibliográfica de amplio reconocimiento, cuya discusión, insístase, es legítima. La misma cartilla lo explicita con singular claridad y una honestidad intelectual de escasa aparición en cartillas con sellos de gobiernos: “Los pilares de la ideología progresista pueden llegar a ser algunas de las causas teóricas generadoras de violencias secundarias que afectan la convivencia. Este enfoque, sin embargo, como todas las corrientes teóricas hace parte de un debate académico permanente que invita a estudiar y revisar otras vertientes” (p. 12). Por ende, las ideas que se expresan en la cartilla mencionada, hacen parte de la discusión académica atinente a las disciplinas y ciencias implicadas en la temática de la misma, y enriquece la confrontación de ideas de un Estado social de derecho.
Expresamos, pues, un total rechazo a la desnaturalización y caricaturización que pretende hacerse de la manifestación de un punto de vista teórico enunciado de acuerdo con las condiciones de legitimidad exigidas por un Estado Social de Derecho. Igualmente, rechazamos que un documento académico deba ser retirado por las autoridades de gobierno porque no es del gusto de algunas personas o de algunos grupos. Esto, precisamente, encarnaría de facto lo que se pretende criticar como una posibilidad, o sea, el censurar un punto de vista teórico y una concepción de mundo, en el que visiones omnicomprensivas tengan incompatibilidades y contradicciones.
Por todo lo mencionado, esta carta recoge el apoyo de académicos e intelectuales de largas trayectorias, quienes conocen, reconocen y defienden el valor del pluralismo y, además, la calidad y trayectoria académicas del autor de la cartilla, el Dr. Camilo Noguera Pardo. Pedimos al Estado colombiano que se garanticen la libertad de pensamiento y de enseñanza, en vistas a la configuración de un espacio académico genuino en el que el debate y la discusión sean posibles en la búsqueda conjunta de la verdad, lejos de apasionamientos ideológicos y en el marco del respeto a la ley.
Más detalles sobre el contenido y los firmantes, en éste link
En aras de la democracia, se hace necesario defender la legitimidad de la postulación de tales tesis en la arena académica y política, dada la publicidad que se le ha dado al asunto, extrañamente inusual para un debate filosófico, y en la que la nota dominante pareciera ser la descalificación mediática y política de la cartilla Paz, convivencia y cultura de la legalidad.
En Occidente, tanto el celo por la libertad de cátedra como el celo por la libertad de opinión han sido pilares incuestionables de la libertad política, indistintamente de si se trata de la palabra de un funcionario público o un ciudadano.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos, en su artículo 18, consagra la libertad de pensamiento, y la Constitución Política de Colombia, en su artículo 27, indica que el Estado garantiza las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra. Por consiguiente, el hecho de que un académico, de voz o por escrito, manifieste una convicción teórica, cualquiera ella sea, o que personas e instituciones determinadas expresen su inconformidad o su oposición a tales ideas, no debe censurarse, siempre y cuando se haga en el marco de un lenguaje respetuoso y un espíritu de apertura a la crítica mutua y la discusión racional. Esto es no solamente legítimo, sino, además, deseable y necesario en un Estado Social de Derecho.
En Occidente, tanto el celo por la libertad de cátedra como el celo por la libertad de opinión han sido pilares incuestionables de la libertad política, indistintamente de si se trata de la palabra de un funcionario público o un ciudadano, de una institución privada, pública, o mixta. Una célebre frase de Karl Popper puede ilustrarlo: “El aumento del conocimiento depende por completo de la existencia del desacuerdo”. Por esta razón, es legítimo el desacuerdo de algunos con las tesis planteadas en la Cartilla, pero esto es muy distinto a negar el también legítimo derecho a plantearlas en clases y escritos académicos. Negar este derecho se constituye en censura, y equivale, a prohibir expresar determinadas ideas o posiciones filosóficas. El pluralismo se construye con el debate, no con la censura.
Pedimos al Estado colombiano que se garanticen la libertad de pensamiento y de enseñanza, en vistas a la configuración de un espacio académico genuino en el que el debate y la discusión sean posibles.
Por lo anterior razón, no se encuentra en la Cartilla: “persecución contra ideologías y sistemas de pensamiento”, sino la libre expresión de ideas, sustentadas racionalmente y respaldadas por una larga trayectoria bibliográfica de amplio reconocimiento, cuya discusión, insístase, es legítima. La misma cartilla lo explicita con singular claridad y una honestidad intelectual de escasa aparición en cartillas con sellos de gobiernos: “Los pilares de la ideología progresista pueden llegar a ser algunas de las causas teóricas generadoras de violencias secundarias que afectan la convivencia. Este enfoque, sin embargo, como todas las corrientes teóricas hace parte de un debate académico permanente que invita a estudiar y revisar otras vertientes” (p. 12). Por ende, las ideas que se expresan en la cartilla mencionada, hacen parte de la discusión académica atinente a las disciplinas y ciencias implicadas en la temática de la misma, y enriquece la confrontación de ideas de un Estado social de derecho.
Expresamos, pues, un total rechazo a la desnaturalización y caricaturización que pretende hacerse de la manifestación de un punto de vista teórico enunciado de acuerdo con las condiciones de legitimidad exigidas por un Estado Social de Derecho. Igualmente, rechazamos que un documento académico deba ser retirado por las autoridades de gobierno porque no es del gusto de algunas personas o de algunos grupos. Esto, precisamente, encarnaría de facto lo que se pretende criticar como una posibilidad, o sea, el censurar un punto de vista teórico y una concepción de mundo, en el que visiones omnicomprensivas tengan incompatibilidades y contradicciones.
Por todo lo mencionado, esta carta recoge el apoyo de académicos e intelectuales de largas trayectorias, quienes conocen, reconocen y defienden el valor del pluralismo y, además, la calidad y trayectoria académicas del autor de la cartilla, el Dr. Camilo Noguera Pardo. Pedimos al Estado colombiano que se garanticen la libertad de pensamiento y de enseñanza, en vistas a la configuración de un espacio académico genuino en el que el debate y la discusión sean posibles en la búsqueda conjunta de la verdad, lejos de apasionamientos ideológicos y en el marco del respeto a la ley.
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