El Congreso aprueba peligrosa ley que alienta el tráfico de órganos
La Cámara de Diputados aprobó una ley de características claramente violatorias de los derechos de la ciudadanía, por cuanto obligará a la población entera a donar sus órganos -salvo que se exprese lo contrario-. El moméntum para el tratamiento de una ley como la presente no es el mejor, dada la notable escasez de políticas para enfrentar el tráfico de órganos en la Argentina.
21 de Julio de 2010
La Cámara de Diputados finalmente aprobó la polémica ley del donante presunto, iniciativa del Poder Ejecutivo que considera a todos los ciudadanos del país como futuros donantes, salvo que expresen lo contrario.
El proyecto dispone una modificación a la ley 24.193 de transplante de órganos y material anatómico humano, y establece en su artículo 5, que "la ablación podrá efectuarse respecto de toda persona capaz mayor de 18 años que no haya dejado constancia expresa de su oposición a que después de su muerte se realice la extracción de sus órganos o tejidos, la que será respetada cualquiera sea la forma en la que se hubiese manifestado".
Pero expertos en la materia han señalado que tal ley no sólo es violatoria de los derechos de la ciudadanía -porque el Estado no debe obligar a los habitantes de un país a donar-, sino que eventualmente termina favoreciendo la actividad clandestina del tráfico de órganos en el país.
La Argentina no posee una política concreta orientada a combatir este flagelo, que mundialmente ha sido comparada al tráfico de drogas y de armas por las ganancias extraordinarias que arroja. Además del vacío legal que se observa en este aspecto, el siempre vigente problema de la benevolencia del código penal argentino finalmente favorecerá todavía más al crecimiento del mercado ilegal de tráfico de partes anatómicas.
La cuestión del tráfico de órganos en el país no ha sido convenientemente estudiada, y el estudio de la estructura clandestina de esta actividad está lejos de alcanzar claridad. No obstante, el país ha registrado episodios ligados a esta cuestión, y los ejemplos más notorios son aquellos en donde personas son secuestradas al azar y luego abandonadas, tras extraérsele sangre en forma coercitiva.
Muchos recordarán incluso el oscuro episodio de la desaparición de la doctora Giubileo, acontecida en la década de 1980, y que se desempeñaba en la colonia Montes de Oca. Personas allegadas oportunamente sostuvieron que la médica se hallaba investigando el comportamiento del resto del personal médico que trabajaba en la institución, antes de desaparecer.
En la misma colonia Montes de Oca se denunciaron casos de muertes extrañas, y luego se advirtió que los cadáveres de las víctimas aparecían con partes de su anatomía faltantes.
La dirigencia política e inclusive algunas organizaciones que promueven la donación de órganos, han impulsado este tipo de campañas bajo la imposición de la falsa idea de que el tráfico de órganos y partes anatómicas es inexistente en la Argentina. Pero persiste la sensación de que la ciudadanía no es reacia a la donación, sino que continúa proyectando desconfianza hacia sus autoridades y finalmente expresa su miedo a las posibles consecuencias de anotarse para donar. No hay razones para condenar a la sociedad por esta forma de considerar el problema, ni mucho menos se la puede censurar por exhibir temor ante conocidos casos de tráfico de partes humanas.
El sitio web Seprin.com publicó oportunamente, un extenso informe que incluye un panorama del tráfico de órganos en el país y en el exterior. El link del informe puede ser accedido, copiando y pegando la siguiente URL en su navegador de Internet : http://www.seprin.com/menu/trafico_de_organos.htm .
El Ojo Digital Sociedad