Hacia un "Soviet" previsional
¡Ojo, jubilados! Habrá que estar atentos para no ser trampeados nuevamente, como ya ha ocurrido en otras ocasiones. Varios son los proyectos presentados para dar solución a la situación institucional que vive la clase pasiva argentina, cuyos integrantes deben soportar, obstinadamente, que los diferentes gobiernos de paso violen sus garantías constitucionales. Se los obliga, de esta manera, a iniciar largos y costosos juicios para, finalmente, poder gozar de la garantía constitucional de la movilidad en sus haberes. Por cierto, muchos mueren antes de lograr hacer efectivo ese derecho.
Lo primero que nos debemos preguntar es si realmente se pretende terminar con la injusticia y las violaciones constitucionales o, como en otras veces, simular una solución que solo agravaría el problema, en este caso, en la figura de la recientemente aprobada Ley mal llamada de "movilidad". ¿Por qué decimos esto? Porque el proyecto oportunamente tratado en comisión en Senadores solo contemplaba el 82% móvil para las mínimas de jubilados, obviando tratar la injusticia cometida contra más de 1.800.000 pasivos, a quienes en el tiempo los fueron achatando paulatinamente la pirámide de Haberes. A todos ellos se les ha restado poder adquisitivo, condenando de esa manera a estos ciudadanos a una vida de privaciones, a partir de la violación sostenida de sus derechos humanos más elementales.
No podemos negar la necesidad de un sinceramiento en las mínimas jubilatorias con la Mínima Vital y Móvil del trabajador en actividad. La proporcionalidad razonable que debe existir entre ellas ya fue definida en el fallo Badaro c/ANSeS, por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Esta media solución también debería ser acompañada por soluciones efectivas para aquellos que, durante su vida activa, se esmeraron y sacrificaron, aportando sustanciosas sumas de dinero al sistema. Sumas que fueron proporcionales a sus sueldos obtenidos en sus actividades.
Para terminar como ahora, estafados en sus vidas de jubilados. Percibiendo un haber miserable, que nada tiene que ver con la Movilidad garantizada por el Art. 14 Bis de la Constitución Nacional. Si se legislara una movilidad del 82% sólo para las mínimas del jubilado, nos encontraríamos ante un doble acto de injusticia. Primero, porque se seguiría devaluando la pirámide de haberes, siempre en perjuicio de aquellos que más aportaron. Se beneficia, de esta manera, al clientelismo político desatado por el Gobierno Nacional en los últimos tiempos, desde el obsequio de beneficios para muchos que nunca efectuaron aportes. Segundo, porque el derecho de aquellos que cobran por encima de la mínima fue reconocido por el Tribunal Superior de Justicia en los casos Sánchez y Badaro, como otros más, en donde se garantiza a los damnificados la movilidad en el tiempo. Solo habrá justicia para todos si se legislara el 82% Móvil para las mínimas, pero también si se reajustara el haber de aquellos que, en función de los fallos mencionados y la doctrina existente al momento, le aplicaran las variables de ajustes reconocidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. La solución definitiva está en legislar para la totalidad.
De otro modo, se sumarán injusticias al por mayor, conjuntándose con nuevas violaciones constitucionales. El horizonte nos conduciría a un futuro con un Sistema Previsional “sovietizado”, en donde el Derecho Constitucional y la Seguridad Social se transformarían en un simple subsidio a la ancianidad, o bien un Plan Jefe de Hogar sin ningún tipo de garantías.
Por Rubén Gioannini, para El Ojo Digital Sociedad. Movimiento Patriótico Nacional Previsional e-Mails: tiemponacional1050@yahoo.com.ar y mopanaprevi@iplanmail.com.ar