Las tres etapas del avance del Estado
El principio de subsidiariedad (PS), la iniciativa privada y las libertades individuales...
El principio de subsidiariedad (PS), la iniciativa privada y las libertades individuales consiguientemente protegidas, han sufrido una negación y una involución progresiva, que podríamos señalar en tres etapas.
1. El Estado-nación legislador del siglo XIX
Fruto del positivismo, que en lo social Hayek llama constructivismo[1], los Estados-nación racionalistas europeos de fines del siglo XIX (Francia, Italia), con copias en Latinoamérica (México, Uruguay, Argentina), avanzaron sobre temas de educación, salud pública y matrimonio, con la intención de educar y proteger al ciudadano en tales áreas mediante lo que la ciencia podía proporcionar. La educación pública obligatoria tenía por misión educar en las ciencias y letras básicas el futuro ciudadano ilustrado[2] y secularizado; la medicina se divide en legal e ilegal, y en la primera el Estado avanza en la salud pública. En materia de matrimonio y familia, los estados avanzan quitando el cuasimonopolio que las comunidades religiosas mantenían en esas áreas. Comparado con lo que vino después, fue un positivismo ingenuo y un laicismo moderado (laicismo como esencialmente diferente a la sana laicidad)[3]. Los estados educaban en cosas que hoy consideraríamos 'buenas' tales como ciencia básica, lecto-escritura, matemáticas, etcétera, y los hospitales públicos se regían por una medicina científica relativamente des-ideologizada. Las comunidades religiosas toleraron al principio y aceptaron luego esta situación -sin sospechar lo que vendría después.
2. El welfare State
Como fruto de la crisis de 1929 y la progresiva crítica y desconfianza a un liberalismo 'individualista', surge más o menos a mitad del siglo XX el convencimiento generalizado de que los gobiernos centrales deben ofrecer bienes públicos en materia de salud, medicina, educación e información, respondiendo ello a lo que serían los derechos de segunda generación (a la salud, la vivienda, la educación, la seguridad social, etc.) muchos de los cuales fueron explícitamente escritos en diversas reformas constitucionales[4]. Luego de la Segunda Guerra Mundial, este avance del Estado convive con formas republicanas en EEUU (el New Deal) y en Europa (el Estado Providencia) o con sistemas más autoritarios, como el primer peronismo en Argentina, de orientación claramente fascista en el sentido técnico del término. Los estados, con toda lógica, proveen salud, educación, seguridad social e información, según los criterios del estado, por supuesto. Pocas voces, como Mises y Hayek, advierten los peligros para los derechos personales[5], mas no son escuchadas. Diversas religiones aceptan de buena gana el sistema, convencidas de la crítica al liberalismo y de la necesaria intervención del estado para proteger a los menos favorecidos por la lotería natural de recursos, como diría Rawls[6]. Claro, esto siempre que los gobiernos no quisieran imponer coactivamente cuestiones que violaran la libertad religiosa pero, al principio -dadas las costumbres de la época-, ello no parecía ser un problema. Los católicos argentinos tuvieron una primera advertencia cuando Perón se enfrentó con la Iglesia en oportunidad de su segundo mandato, pero luego los militares católicos que lo derrotaron utilizaron los mismos instrumentos estatales para imponer la 'sana doctrina' y lo que algunos autores llaman 'el mito de la nación católica'[7]. Mientras tanto, el PS y las libertades individuales brillaban por su ausencia, ya despreciadas estas últimas como la mera expresión ideológica de un capitalismo supuestamente incompatible con lo religioso.
3. Las nuevas ideologías autoritarias
El escándalo se produce cuando nuevas ideas, casi inconcebibles mundialmente en los años 30 y 40, amanecen en el horizonte para ser impuestas desde el estado, violentamente enfrentadas con lo religioso, como una nueva etapa de laicismo radical. Ellas son:
¿Por qué hemos llamado a todo lo anterior 'ideologías autoritarias'? Pues, porque su problema no radica principalmente en el contenido de lo que proponen. En una sociedad libre, con derecho a la libertad de expresión, enseñanza, asociación e intimidad, los que quieran pensar como el punto 1 y el 2 (el aborto ya es otro tema pues está en juego el derecho a la vida), etc., tienen todo el derecho legal a hacerlo: tienen derecho a la libertad de expresión y derecho a la intimidad personal. El problema radica en su imposición global a través de los instrumentos del estado, instrumentos legales que ya habían quedado perfectamente preparados en las fases a y b. Pero las comunidades religiosas, durante las fases a y b, no advirtieron el problema. Habiendo aceptado muchas de ellas el estado providencia y los derechos de 2da. generación, denigrando al mismo tiempo a las libertades individuales como pertenecientes a un liberalismo individualista y agnóstico, más que como emergentes necesarias del PS, quedaron indefensas ante la tercera fase. Ahora reclaman sus libertades, cuando ya es casi muy tarde. Ahora reclaman la libertad de conciencia, pero no tendrían problema en volver a un Estado providencia cuando este último vuelva a 'portarse bien' en esas materias. Eso las desautoriza ante la opinión pública, por un lado, y las ha vuelvo con-causa de esta nueva oleada de laicismo autoritario que ahora critican con tanto vigor.
Referencias
[1] “Los errores del constructivismo”, en Nuevos Estudios, op.cit.
[2] Zanotti, Luis J.: Etapas históricas de la política educativa, Eudeba, Buenos Aires, 1972.
[3] Nos referimos a la noción de sana laicidad manejada sobre todo por Pío XII y Benedicto XVI. Sobre este tema ver Santiago, A.: La relevancia cultural, política y social de la religión en los albores del s. XXI, Academia Nacional de Ccias. Morales y Políticas, Buenos Aires, 2015.
[4] Sobre este tema ver Bidart Campos, G.J.: Las obligaciones en el derecho constitucional, Ediar, Buenos Aires, 1987.
[5] Mises, en La Acción Humana (Sopec, Madrid, 1968) y Hayek en Camino de servidumbre (Alianza, Madrid, 1977) yLos Fundamentos de la Libertad (Unión Editorial, Madrid, 1975).
[6] Nos referimos a su clásico Theory of Justice, Harvard University Press, 1971.
[7] Irrazábal, G.: Iglesia y Democracia, Ediciones Cooperativas, Biblioteca Instituto Acton, Buenos Aires, 2014.